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Condiciones generales

Introducción
A través de esta web, Usted podrá realizar búsquedas de vuelos y servicios vacacionales y reservas de los mismos. Teniendo en cuenta que los precios reflejados en dicha web son no comisionables, corresponde a la Agencia fijar el precio final frente a sus clientes.
Entre Grupovdt y el cliente de la Agencia no se establece ninguna relación contractual. La relación de la prestación del servicio, se establece entre la persona que realiza la reserva en calidad de beneficiario del servicio y el respectivo prestador de servicios teniendo en cuenta las condiciones de contratación del prestador de servicios acordadas al respecto.
1.- VUELOS
1.1.- Cómo reservar
Tras indicar una ruta y fechas de vuelo en el buscador, la web presenta diferentes opciones de vuelo con diferentes aerolíneas y precios. En cada resultado, al clicar el Desglose, se informa de la fecha límite de emisión o Last Ticketing Date, es decir, de la fecha tope de emisión de dicha tarifa. Este dato es una fecha orientativa no garantizada por parte de la aerolínea que no implica que la misma pueda anular las plazas no emitidas antes de la fecha indicada.
Al concretar una reserva, le llegará un E-mail indicándole como deberá abonar su pasaje, el cual deberá ser abonado en el plazo indicado. Una vez comprobado el ingreso del pago, se procederá a la emisión de los billetes en formato electrónico. Al concluir este proceso, recibirá un segundo E-mail con la documentación respaldatoria de su compra.
En el caso de pagos con tarjeta, en ocasiones no es posible la emisión debido al control de seguridad antifraude. En estos casos, Grupovdt informará a la agencia minorista, para tratar de solucionar el problema y ofrecer alternativas de pago. En ningún caso nos haremos responsables de los problemas derivados de la cancelación de la reserva por parte de la compañía aérea o por el propio sistema de reservas a causa de haber excedido el tiempo límite de emisión.
Cualquier duda, consulta o gestión comercial deberá comunicarse con un agente comercial de Grupo VDT, al teléfono 91 185 89 10 o a través de la mensajería de la web.
La Agencia está obligada a suministrar todos los datos necesarios para la reserva de forma completa y libre de toda duda. Algunas aerolíneas, requieren datos extras de los pasajeros (Números de Pasaportes, fecha de expedición, etc) para emitir la reserva. En caso de no tenerlos, un agente comercial, se pondrá en contacto con la agencia para solicitar dichos datos, los cuales deberán ser completados antes de la fecha límite de emisión; caso contrario, la reserva perderá validez. En ningún caso Grupovdt será responsable de los problemas derivados de la cancelación de la reserva por parte de la compañía aérea o por el propio sistema de reservas a causa de haber excedido el tiempo límite de emisión.
Grupovdt no puede responsabilizarse de que el billete reservado no pueda emitirse debido a la falta de actualización de acuerdos entre las aerolíneas elegidas. En estos casos, nos pondremos en contacto con la agencia para ofrecerle la alternativa más similar al vuelo contratado, sin poder responsabilizarnos en caso que haya diferencia de precio.
Duplicidad de reservas: Grupovdt.com no impide realizar reservas imposibles como por ejemplo, duplicar vuelos al mismo tiempo o diferente destino para las mismas fechas y pasajero. El reembolso solo será tramitado en caso que la compañía lo autorice.
Cada destino tiene sus particularidades en cuanto a formalidades de entrada, visado, pasaporte, vacunas, etc, y estas varían según la nacionalidad del pasajero.
No es responsabilidad de Grupovdt tener dicha información ya sea del destino elegido o de países de tránsito. Es el pasajero el que debe informarse con las embajadas/consulados de los países implicados en su viaje.
No tendrá derecho a recibir ningún reembolso en caso que le denieguen el embarque al pasajero por no presentar los documentos exigidos.
El pasajero deberá cumplir los requisitos gubernamentales del viaje y presentar los documentos de salida, entrada y demás exigidos, así como llegar al aeropuerto a la hora señalada por el transportista o, si no se hubiera fijado ninguna, con la antelación suficiente que le permita cumplimentar los trámites de salida.
Se recomienda presentarse con al menos 60 minutos de antelación en el caso de vuelos nacionales y de 150 minutos en el caso de vuelos internacionales. El pasajero debe reconfirmar con la agencia u aerolínea, al menos con 48 horas de antelación a la salida del vuelo, los horarios, dado que en algún caso la aerolínea puede modificar los mismos.
La aerolínea no permite utilizar el billete de manera distinta a lo contratado, incluyendo el tratar de utilizar la vuelta de un vuelo, sin haber utilizado con anterioridad la ida. Tampoco se permite el cambio de nombre o apellidos del pasajero, por lo que le rogamos compruebe cuidadosamente las fechas, origen, destino y nombres de los pasajeros tal y como aparezcan en la documentación que presenten en el aeropuerto el día del vuelo. Si los datos del billete no coinciden con la documentación presentada, la aerolínea podrá denegar el embarque y Grupovdt.com declina cualquier responsabilidad. En caso de precisar cambiar nombres o apellidos, deberemos proceder a cancelar la reserva procesar una devolución del billete (en caso que su tarifa lo admita).
1.2.- Reglas y condiciones de las tarifas aéreas
  • Verifique los nombres de los pasajeros, una vez que el billetes ha sido emitido no se permiten cambios.
  • La tarifa seleccionada podría no ser reembolsable. Puede consultar las condiciones de la mayoría de las reservas (cambios y/o cancelaciones) en la opción lateral "Consultar reglas de la tarifa", donde obtendrá la información del GDS, a la que hay que sumar el gasto de gestión de Grupo VDT. Ante cualquier consulta puede contactar con el booking.
  • En la opción lateral "Consultar reglas de la tarifa", también se informa del Last Ticketing Date, es decir, la fecha tope para emitir la tarifa, pero esta fecha no implica que la aerolínea pueda anular las plazas antes de la misma, por lo que es una fecha orientativa y no garantizada, ni por la aerolínea ni por Grupo VDT.
  • El cargo por cambio de fechas o itinerario varía según la compañía aérea, el mercado y reglas de tarifas específicas.
  • El transporte aéreo está sujeto a los términos del contrato individual (incluidas las normas, reglamentos, tarifas y condiciones) de las compañías aéreas de transporte que forman parte de éste contrato..
1.3.- Condiciones de contrato
Todo transporte realizado y demás servicios prestados por cada transportista estarán sometidos a: 1) las disposiciones que figuran en el billete, 2) las tarifas aplicables, 3) las condiciones de transporte establecidas por el transportista y las reglamentaciones conexas que forman parte de este contrato (y que pueden ser consultadas en las oficinas del transportista), excepto en el caso de transporte realizado entre un punto de los Estados Unidos o Canadá y cualquier punto fuera de dichos países, para el cual serán de aplicación las normas vigentes en dichos países.
El transportista que emite un billete para transporte por las líneas de otro transportista, actúa sólo como agente de éste. Es lo que se denomina vuelos compartidos.
El equipaje facturado será entregado al portador del talón de equipaje. En el caso de daños al equipaje, en transporte internacional, deberá presentarse por escrito la oportuna reclamación al transportista inmediatamente después de descubrirse el daño, y a lo sumo, dentro de los 7 días siguientes a la fecha de entrega; en caso de retraso, la reclamación deberá presentarse dentro de los 21 días siguientes a la fecha en que fuera entregado el equipaje. Véanse los manuales o condiciones aplicables para el transporte no internacional.
Tenga en cuenta que los artículos peligrosos no serán aceptados (como por ejemplo materiales explosivos, corrosivos o venenosos), y que determinados artículos no están sujetos a la consideración de equipaje y serán tratados de manera distinta y deben ser comunicados con antelación (la propia aerolínea podrá establecer las condiciones y un cargo adicional. Por ejemplo: animales de compañía, equipos deportivos, musicales, armas de fuego, etc). Tenga en cuenta, además, que no se permitirán determinados artículos en el equipaje de mano (como por ejemplo tijeras, cortaúñas, cuchillos, maquinillas de afeitar, etc.). Por favor, en caso de duda, antes de adquirir cualquier servicio consulte directamente con nuestro centro de atención al cliente.
El transportista se compromete a esforzarse todo lo posible para transportar al pasajero y al equipaje con diligencia razonable. Las horas indicadas en los horarios o en cualquier otra parte no se garantizan ni forman parte de este contrato. En caso de necesidad y sin previo aviso, el transportista puede hacerse sustituir por otros transportistas, utilizar otros aviones y modificar o suprimir escalas previstas en el billete. Los horarios están sujetos a modificación sin previo aviso. El transportista no asume la responsabilidad de garantizar los enlaces.
Responsabilidad de las compañías aéreas
Responsabilidad de las compañías aéreas en relación con los pasajeros y equipaje
Derechos de los pasajeros en caso de denegación de embarque y anulación de vuelo

Si le deniegan el embarque o si su vuelo se anula, la compañía encargada de efectuar el vuelo está obligada a indemnizarle y a prestarle asistencia. Siempre que haya efectuado la facturación en el plazo debido, puede acogerse a estos derechos para cualquier vuelo, incluidos los chárter:
  • con salida de un aeropuerto de la UE o
  • con destino a un aeropuerto de la UE desde otro situado fuera de ella si el vuelo lo opera una compañía comunitaria.
Denegación de embarque
Cuando el número de pasajeros supere al de plazas disponibles, la compañía aérea deberá en primer lugar pedir que se presenten voluntarios que renuncien a sus asientos a cambio de ciertas compensaciones, entre las que deben figurar incluidos el reembolso del importe del billete (con un billete gratuito de vuelta al primer punto de partida, si procede) o la oferta de transporte alternativo hasta el destino final.
Si no se ha presentado voluntario, la compañía deberá pagarle una compensación. La compensación podrá reducirse a la mitad si el retraso no es superior a 2, 3 o 4 horas, respectivamente.
La compañía deberá:
  • darle a elegir entre la devolución del importe del billete (junto con un billete gratuito de vuelta al primer punto de partida, si procede) y un medio de transporte alternativo hasta su destino final, y
  • ofrecerle gratuitamente comida y bebida suficientes, alojamiento en un hotel cuando sea preciso (incluidos los desplazamientos), así como facilitarle medios de comunicación.
Anulación de vuelos
Cuando el vuelo se suspenda, la compañía aérea encargada de efectuarlo deberá:
  • darle a elegir entre la devolución del importe del billete (junto con un billete gratuito de vuelta al primer punto de partida, si procede) y un medio de transporte alternativo hasta su destino final, y
  • ofrecerle gratuitamente comida y bebida suficientes, alojamiento en un hotel cuando sea preciso (incluidos los desplazamientos), así como facilitarle medios de comunicación.
La compañía aérea puede tener que compensarle también, en cantidades iguales a las debidas en caso de denegación de embarque, a no ser que le haya comunicado la anulación con la suficiente antelación y le ofrezca transporte alternativo en un horario próximo al previsto inicialmente.
La compensación o las devoluciones se pagarán en metálico, por transferencia bancaria o cheque o, previo acuerdo firmado por el pasajero, en bonos de viaje, y se harán efectivas en el plazo de 7 días.
Si se le niegan estos derechos, presente inmediatamente una reclamación ante la compañía operadora del vuelo.
Grandes retrasos
Asistencia inmediata
Si usted efectúa la facturación en el plazo debido para cualquier vuelo, incluidos loschárter,
  • con salida de un aeropuerto de la UE o
  • con destino a un aeropuerto de la UE desde otro situado fuera de ella si el vuelo lo opera una compañía comunitaria, y si la compañía que opera el vuelo prevé un retraso
  • de 2 horas o más para los vuelos de menos de 1 500 km,
  • de 3 horas o más para vuelos más largos efectuados dentro de la UE y para otros vuelos de entre 1 500 y 3 500 km,
  • de 4 horas o más para los vuelos de más de 3 500 km efectuados fuera de la UE, esa compañía está obligada a ofrecerle comida y bebida suficientes, alojamiento en un hotel cuando sea preciso (incluidos los desplazamientos), así como a facilitarle medios de comunicación.
Cuando el retraso sea de 5 horas o más, la compañía tiene que ofrecerle también la devolución del importe del billete (junto con un billete gratuito de vuelta al primer punto de partida, si procede).
Si se le niegan estos derechos,presente inmediatamente una reclamación ante la compañía operadora del vuelo.
Reclamaciones posteriores
Si la responsable del retraso de un vuelo en cualquier parte del mundo es una compañía de la UE, puede usted reclamar hasta 4 150 DEG (*) por los perjuicios ocasionados. Si la compañía no está conforme con la reclamación, puede usted recurrir a los tribunales.
Puede reclamar ante la compañía con la que haya contratado su viaje, o ante la que opera el vuelo, si no son la misma.
1.2.- Malas prácticas
Las aerolíneas cada vez son más estrictas con los procedimientos a seguir en el proceso de reservas, multando a través de ADM lo que consideran malas prácticas.
Detallamos a continuación las más comunes:
  • Las reservas pasadas a nuestro RP (Amadeus) o PCC (Galileo o Sabre), deben ir acompañadas de su correspondiente pago, de lo contrario dichas reservas podrán ser anuladas automáticamente para evitar el ADM
  • Realizar 4 reservas con el/los mismo/s pasajero (independientemente se llegue a emitir una de ellas o no). El coste por dicha práctica con varias compañías es de 5€ por persona y trayecto.
  • Realizar reservas con nombres falsos o erróneos Ej: prueba, test, adfgfas, etc... el coste de esta práctica puede ser de hasta 50€ con varias aerolíneas.
  • Segmentos Casados y Lógica de Origen y Destino.
“Los segmentos casados” En una reserva, estos segmentos no pueden ser separados y luego cancelados o modificados.
La “Lógica de Origen y Destino“ obliga a reservar siempre el viaje entero desde el origen/punto de partida hasta el lugar de destino.
Los ADM ocasionados por el incumplimiento de estas normas pueden oscilar entre los 200 y 500€.
Lamentablemente en caso de recibir algún ADM por alguno de estos motivos, nos vemos obligados a repercutirlo a la agencia que haya realizado dichas reservas, por lo que rogamos extremen la precaución
1.3.- Gastos de gestión
Los Gastos de emisión informados en la web, corresponden a la gestión y emisión de la reserva. No son reembolsables en ningún caso y dependen de la oferta seleccionada por el comprador. Las reservas realizadas por teléfono tienen un recargo extra a los Gastos de emisión informados en la web.
Comisiones por gestión de cambios, reembolsos y reemisiones
La mayoría de tarifas económicas no permiten ningún tipo de cambio ni cancelación por lo que el gasto de cancelación es del 100% del importe de los billetes, en estos casos, Grupovdt recomienda la contratación del seguro de cancelación ofrecido en nuestra web para recuperar su dinero en caso de imprevistos. Igualmente recomendamos consulte las condiciones de cambio y reembolso antes de realizar el pago de la reserva original.
Todo cambio o cancelación ha de realizarse siempre antes de la salida del vuelo. En todos aquellos casos que las condiciones de la tarifa aplicada permita reembolsos/cancelaciones así como cambios/reemisiones voluntarias solicitadas por el pasajero, (cambios de fechas o de trayectos de los vuelos), se cobrará un gasto de gestión anunciado en la sección de Gastos de Gestión de esta misma web, adicional al propio cargo que pudiera establecer la compañía aérea.
Procedimiento:
Una vez solicitado el coste del cambio o de la cancelación a través de la web, un agente le informará de la posibilidad de realizarlo con los gastos correspondientes a través de la web, generando un correo electrónico con la misma información.
Cambios:
En el caso de ser posible la realización del cambio solicitado y de aceptar las condiciones de la tarifa, el pasajero debe realizar el pago del coste correspondiente y enviar el justificante de pago indicando la nueva fecha de realización del vuelo. Una vez verificado el pago, el departamento de cambios, le enviará el nuevo billete con las nuevas fechas.
Cancelación:
El pasajero no tendrá derecho a recibir ningún reembolso en caso de que se le deniegue el embarque por:
  • No presentar los documentos exigidos (pasaporte, visado, certificado de vacunas...);
  • Presentar documentos de viaje no válidos o que hayan expirado.
  • No presentarse con la antelación debida a la facturación del vuelo.
  • No haber cumplido todas las leyes pertinentes.
  • Por todo motivo, que no sea generado por la agencia ó la compañía aérea.
En el caso que la tarifa permita reembolso, deberá facilitarnos el número de cuenta donde desea sea ingresado el dinero correspondiente. El plazo aproximado de la devolución es entre cuatro y ocho semanas.
Condiciones especiales para las devoluciones de pago con agencias minoristas
Cada solicitud de reembolso o devolución por parte de una Agencia minorista a Grupo VDT tendrá un tratamiento diferenciado. Con carácter general, no se atenderán solicitudes de reembolso de agencias que mantengan deudas con Grupo VDT. Asimismo, no se compensarán solicitudes de devolución con tales deudas, ya correspondan a reembolsos o a pagos realizados por reservas no emitidas.
Para tramitar un cambio o una cancelación pinche aquí
1.4.- Obligaciones especiales de la Agencia
La agencia se obliga con un razonable sentido de buenas prácticas comerciales a no causar ningún perjuicio ni cargas posteriores a sus clientes ni a Grupovdt. La Agencia está obligada, especialmente, a:
  • Impedir el acceso al procedimiento de la reserva a aquellos que no estén autorizados, especialmente a otras agencias, y proteger los datos de acceso.
  • Todas las informaciones, listas de precios, datos y detalles contractuales puestos por Grupovdt a disposición de la Agencia son documentos confidenciales de trabajo. No está permitida, expresamente, su entrega a otras agencias, prestadores de servicios o competidores. Las listas de precios, los datos del contenido y de los proveedores del servicio deben ser utilizados para el asesoramiento al cliente.
  • Informarse regularmente sobre las resoluciones válidas de la IATA y cumplir las disposiciones del BSP
  • Informar a los clientes sobre las Condiciones Generales de Contratación determinantes del prestador de servicios
  • Comunicar al cliente antes de la partida las advertencias y recomendaciones de los prestadores de servicios
  • No poner a disposición del cliente los documentos extendidos y/o código de extensión hasta que éste haya realizado el pago completo.
Según la actualización de la resolución 830d de IATA, los pasajeros pueden decidir si facilitar sus datos de contacto (teléfono e e-mail) a la aerolínea de su reserva para que puedan contactarles en caso que se produzca cualquier incidencia en la operativa de los vuelos (sin ningún otro fin comercial)
La agencia minorista, debe comunicar este derecho activamente y de manera explícita a sus clientes.
  • En el caso que el pasajero quiera compartir sus datos con la aerolínea, en el proceso de reserva, debe cambiar los datos de contacto de su agencia por los del cliente y aceptar la casilla predeterminada para tal efecto al final del proceso de reserva.
  • En el caso que sea la agencia quien quiera compartir sus datos con la aerolínea para recibir información directa en caso de cambio de operativa, deberá mantener sus datos de contacto en el proceso de reserva y aceptar la casilla predeterminada para tal efecto al final del proceso de reserva.
  • En el caso que, tanto la agencia como el cliente no deseen facilitar sus datos de contacto a la aerolínea, debe dejar en blanco la casilla predeterminada para tal efecto al final del proceso de reserva.
  • En el caso de ejercer su derecho a no proporcionar a las aerolíneas dichos datos de contacto, debe tener en cuenta que es posible que no reciba información en caso de cancelación o cambio de horario con lo que ello implica.
1.5.- Principios del procesamiento de la reserva en el transporte aéreo
Los sistemas de reserva admitidos por la IATA para el proceso de la reserva deberán ser utilizados respetando las disposiciones sobre el proceso de la reserva, reservación y anulación. Éstos pueden verse en Internet.
Los datos de la reserva deberán coincidir con el cliente de la Agencia objeto de la prestación del servicio acordada.
La Agencia no es mediadora de la prestación de transporte, sino que aparece como mandataria en el marco de un contrato de mandato comercial en el que vincula a Grupovdt en calidad de consolidador licenciado por la IATA para el procesamiento técnico. La Agencia es responsable de la administración de la orden de reserva. El contrato de la prestación del servicio se establecerá siempre entre el prestador de servicios y el beneficiario del servicio y/o a favor del tercero indicado por él. Para esa relación de la prestación del servicio tendrán validez las Condiciones Generales de Contratación del respectivo prestador de servicios encargado. De esto se deberá informar al beneficiario del servicio y se le deberá posibilitar el acceso a esas condiciones. Con la confirmación de la reserva el cliente, en calidad de beneficiario del servicio, adquiere el derecho al transporte frente a la compañía aérea reservada bajo la condición de que sea abonado también el precio del vuelo.
El contrato entre el beneficiario del servicio y el prestador de servicios se hará efectivo con la confirmación de la reserva. Ésta será considerada como aceptación del contrato.
2.- VACACIONAL
Condiciones Generales del Contrato de Viaje Combinado
a) Contratación del viaje combinado
1. Solicitud de reserva
1. El consumidor que desea contratar un viaje combinado realiza una "solicitud de reserva". Tras esa solicitud, la agencia detallista o, en su caso, la agencia organizadora, se compromete a realizar las gestiones oportunas para obtener la confirmación de la reserva con arreglo al número de plazas disponibles y al período para el que se ha solicitado.
2. En el momento de la solicitud de la reserva la agencia podrá reclamar al consumidor el depósito de una suma equivalente, como máximo, el 30% del precio del viaje, siempre que este no tenga salida antes de 15 días de la contratación que se hará un deposito del 50% del total del viaje con excepción del viaje contratado con el Tour operador pullmantur en cuyo caso se cobrara el 50% del total de la reserva por condiciones especiales de contratación. Si se confirma la reserva, la suma entregada se imputará al precio del viaje. Si el consumidor retira su solicitud de reserva antes de la confirmación, se le reintegrará la suma depositada, deducidos, en su caso, los gastos de gestión que sean razonables.
3. Si el consumidor solicita la elaboración de un viaje combinado a medida, la agencia podrá exigir el abono de una cantidad para la confección del proyecto. Si el consumidor acepta la oferta de viaje combinado elaborada por la agencia, y ésta puede confirmarle los servicios que comprende, la suma entregada se imputará al precio del viaje. Siempre que no pueda confirmarlos, la agencia deberá devolver las cantidades entregadas por el consumidor.
4. En todos los supuestos anteriores, si la agencia no puede ofrecer el viaje solicitado y ofrece al consumidor la realización de un viaje análogo u otro distinto, salvo que se indique expresamente lo contrario, se entenderá que mantiene esa oferta durante 24 horas. En estos casos, el contrato se perfeccionará si el consumidor acepta la oferta dentro de ese plazo o del que expresamente se haya establecido.
2. Confirmación de la reserva
La perfección del contrato de viaje combinado se produce con la confirmación de la reserva. Desde ese instante el contrato de viaje combinado es de obligado cumplimiento para ambas partes.
3. Pago del precio
1. En el momento de la perfección del contrato el consumidor deberá abonar una suma que corresponda al 40% del precio del viaje combinado o, en su caso, completar hasta ese importe las cantidades que hubiere entregado a cuenta. Si el consumidor no realiza dicho pago, la agencia le requerirá para que lo efectúe en el plazo razonablemente breve que le fije.
2. El pago del resto del precio se efectuará 15 días antes de la fecha de la salida. Una vez abonado el total del viaje se procederá al envío de la documentación. En el caso de que en el momento de la reserva la fecha de salida sea inferior a quince días se procederá al cobro total de dicho viaje siempre y cuando estén todos los servicios contratados confirmados. Si quedara algún servicio
pendiente se cobraría el 30 porciento del viaje como garantía.
3. La agencia podrá resolver el contrato y aplicar las reglas establecidas para el desistimiento antes de la salida si el consumidor no realiza cualquiera de los pagos previstos en los apartados anteriores en el plazo que corresponda.
4. Prestaciones
1. Las prestaciones que integran el contrato de viaje combinado resultan de la información proporcionada al consumidor en el folleto o programa, así como de las indicaciones relativas a esta información que se hayan realizado al confirmar la reserva.
2. No obstante, la agencia organizadora se reserva la posibilidad de modificar la información contenida en el folleto antes de la perfección del contrato. Para su validez, los cambios en dicha información se tienen que haber comunicado claramente por escrito al consumidor.
5. Alojamiento
Salvo que otra cosa se indique en el folleto o se disponga en condiciones particulares:
a) En relación con aquellos países en los que existe clasificación oficial de establecimientos hoteleros o de cualquier otro tipo de alojamiento, el folleto recoge la clasificación turística que se otorga en el correspondiente país. En aquellos en los que no existe clasificación oficial, la categoría que se indica en el folleto es simplemente orientativa. En todo caso, la agencia ha de velar por la mayor correspondencia entre la calificación utilizada y las expectativas que ello pueda generar razonablemente en un consumidor español.
b) El horario de ocupación de las habitaciones depende de las normas establecidas en cada país. Por lo general, la habitación puede ocuparse a partir de las catorce horas del día de llegada y debe desalojarse antes de las doce horas del día de salida, con independencia de la hora en que esté prevista la llegada al hotel o de la hora en que esté prevista la continuación del viaje.
c) Las habitaciones o camarotes triples o cuádruples son generalmente habitaciones dobles a las que se añade una o dos camas, que suelen ser un sofá-cama o un plegatín, excepto en ciertos establecimientos donde en lugar de camas adicionales se emplean dos camas más grandes.
6. Transporte
1. El consumidor debe presentarse en el lugar indicado para la salida con la antelación indicada por la agencia o, en su defecto, por el folleto. Por regla general en el caso de transporte aéreo la antelación mínima es de una hora y media sobre el horario de salida previsto.
2. Si el consumidor no pudiera realizar el viaje por no haberse presentado con la antelación requerida, se aplicará el régimen previsto por el apartado 14 para la falta de presentación a la salida o, en su caso, el previsto en el apartado 12 para el desistimiento del consumidor.
3. La pérdida o daño que se produzca en relación con el equipaje de mano u otros objetos que el consumidor lleva consigo y conserva bajo su custodia son de su exclusiva cuenta y riesgo.
7. Otros servicios
1. Por regla general, el régimen de pensión completa incluye desayuno continental, almuerzo, cena y alojamiento. El régimen de media pensión, salvo que se indique de otro modo, incluye desayuno continental, cena y alojamiento. Por regla general, dichas comidas no incluyen las bebidas.
2. Las dietas especiales (vegetarianas o de regímenes especiales) sólo se garantizan si han sido pactadas por las partes en condiciones particulares.
c) Derechos de las partes antes de empezar el viaje
8. Modificación del contrato
1. Si en cualquier momento anterior a la salida el consumidor desea solicitar cambios referidos a los destinos, a los medios de transporte, a la duración, al calendario, al itinerario del viaje contratado o a cualquier otro extremo referido a las prestaciones y la agencia puede efectuarlos, ésta podrá exigirle el abono de los gastos adicionales justificados que hubiese causado dicha modificación así como una prima por modificación de la reserva que no podrá exceder del 3% del precio del viaje.
2. Antes de la salida, la agencia sólo puede realizar los cambios que sean necesarios para el buen fin del viaje combinado y que no sean significativos. Se considera que los cambios necesarios son significativos si impiden la realización de los fines de éste según sus características generales o especiales.
3. En el supuesto de que la agencia se vea obligada a realizar cambios significativos lo pondrá inmediatamente en conocimiento del consumidor. Este podrá optar entre aceptar la modificación del contrato en la que se precisen las variaciones introducidas y su repercusión en el precio, o resolver el contrato. El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte a la agencia dentro de los tres días siguientes al que se le notifique la modificación. Si el consumidor no comunica su decisión en el plazo indicado, se entenderá que opta por la resolución del contrato.
9. Revisión del precio
1. La agencia sólo podrá revisar el precio, al alza o a la baja, siempre que dicha revisión se produzca antes de los 20 días previos a la salida y que no sea significativa, es decir, superior al 15% del precio del viaje. Además, dicha revisión sólo se podrá llevar a cabo para ajustar el importe del precio del viaje a las variaciones:
a) De los tipos de cambio aplicados al viaje organizado.
b) Del precio de los transportes comprendidos en el viaje, incluido el coste del carburante.
c) De las tasas e impuestos relativos a determinados servicios, como tasas de aeropuerto, embarque, desembarque y similares incluidas en el precio.
2. El precio revisado se determinará tomando como referencia el contra valor de la moneda del país de destino y los precios, tasas e impuestos aplicables en la fecha de edición del folleto. En caso de circuitos que incluyan dos o más países, el tipo de cambio tomado como
3. Si la revisión del precio supone un aumento superior al 15% del precio del viaje, la agencia lo pondrá inmediatamente en conocimiento del consumidor, quien podrá resolver el contrato.
El consumidor deberá comunicar la decisión que adopte a la agencia dentro de los tres días siguientes a que se le notifique la modificación. Si el consumidor no comunica su decisión en el plazo indicado, se entenderá que opta por la resolución del contrato.
10. Derechos del consumidor en caso de resolución
1. En los supuestos en que el consumidor, de acuerdo con los apartados anteriores, resuelva el contrato podrá optar entre:
a) Que le reembolsen en el plazo máximo de un mes todas las cantidades pagadas, o
b) Que, siempre que la agencia pueda proponérselo, le ofrezcan otro viaje combinado de calidad equivalente o superior. Si el viaje ofrecido es de calidad superior, la agencia no le exigirá suplemento alguno. También podrá aceptar la realización de un viaje de calidad inferior, pero en este caso la agencia le deducirá la diferencia de precio.
2. En ambos casos, el consumidor tiene derecho a reclamar la indemnización prevista para el supuesto de cancelación del viaje previsto en el apartado 13 y en sus mismos términos.
11. Cesión de la reserva
1. El consumidor podrá ceder su reserva a una persona que reúna todas las condiciones requeridas en el folleto y en el contrato para realizar el viaje combinado, siempre y cuando no se hayan emitido ya los billetes.
2. La cesión deberá ser comunicada por cualquier medio a la agencia y será gratuita si ésta recibe la comunicación con una antelación mínima de quince días a la fecha de inicio del viaje. Si se desea llevar a cabo con posterioridad y la agencia puede aceptarla, podrá exigir al consumidor una prima por cesión que no excederá del 3% del precio del viaje.
3. En todo caso, el consumidor y la persona a quien haya cedido la reserva responden solidariamente ante la agencia del pago del resto del precio, así como de los gastos adicionales justificados que pudiera haber causado la cesión.
12. Derecho de desistimiento del consumidor
1. El consumidor tiene la facultad de desistir del viaje contratado en cualquier momento antes de la salida. No obstante, si este desistimiento se produce dentro de los 15 días anteriores a la salida del viaje, deberá abonar una penalización en función del tiempo que falte para la salida, que será de:
a) El 5% del precio del viaje si se produce con una antelación de más de 10 y de menos de 15 días.
b) El 15% del precio del viaje, si se produce con una antelación entre los 10 y 3 días.
c) El 25% del precio del viaje, si se produce dentro de las 48 horas anteriores a la salida.
2. El consumidor no tendrá que abonar porcentaje alguno en concepto de penalización si el desistimiento tiene lugar por causa de fuerza mayor, siempre y cuando el touroperador así lo estime. A estos efectos, se considerará causa de fuerza mayor la muerte, el accidente o enfermedad graves del consumidor o de alguna de las personas con quien conviva o cualquier supuesto análogo que le impida participar en el viaje.
3. En todos los casos, el consumidor deberá abonar los gastos de gestión de 30 € por pasajero siempre y cuando la anulación de la reserva se produzca antes de 15 dias de la salida y el viaje combinado no estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación.
4. El desistimiento produce efectos desde el momento en que la voluntad de desistir del consumidor llega al conocimiento de la agencia.
5. Conocido el desistimiento, la agencia devolverá al consumidor las cantidades que hubiese abonado en el plazo máximo de un mes, deducidos los gastos de gestión y, en su caso, los gastos de anulación justificados y las penalizaciones.
6. Si el viaje combinado estuviera sujeto a condiciones económicas especiales de contratación, tales como flete de aviones, buques, tarifas especiales u otros análogos, los gastos de gestión, los gastos de anulación y las penalizaciones serán los que indique de modo explícito el folleto para ese viaje. Con carácter general, una vez emitido físicamente un billete aéreo, sus gastos de anulación alcanzan el 100% de su importe. Las tarifas especiales de avión y plazas en vuelos "chárter" o "especiales" conllevan, igualmente, unos gastos de anulación que alcanzan el 100% de su importe.
13. Cancelación del viaje por parte del organizador
1. La cancelación del viaje, por cualquier motivo que no sea imputable al consumidor, le da derecho a resolver el contrato con los derechos previstos en el apartado 10.
2. Si la cancelación del viaje se comunica dentro de los dos meses anteriores a la salida, la agencia deberá abonar al consumidor una indemnización en función del tiempo que falte para la salida, que como mínimo será de:
a) El 5% del precio del viaje si se produce con una antelación de más de 15 días y de menos de 2 meses.
b) El 10% del precio del viaje, si se produce con una antelación entre los 15 y 3 días.
c) El 25% del precio del viaje, si se produce dentro de las 48 horas anteriores a la salida.
3. No existe obligación de indemnizar en los siguientes supuestos:
a) Cuando la cancelación se debe a que el número de personas inscritas es inferior al exigido en el folleto o en el contrato para el viaje combinado. En este caso, la agencia debe comunicar por escrito la cancelación al consumidor antes de la fecha límite fijada en el folleto o en el contrato. En su defecto, la agencia debe notificar la cancelación con una antelación mínima de diez días a la fecha de salida.
b) Cuando la cancelación del viaje se debe a motivos de fuerza mayor. Son causas de fuerza mayor las circunstancias ajenas a la agencia, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
14. Falta de presentación a la salida
1. Existirá falta de presentación a la salida si el consumidor no comunica su voluntad de no llevar a cabo el viaje y no se presenta en el tiempo y lugar previstos para la salida. En este caso, pierde el derecho a la devolución de las cantidades entregadas y continúa obligado a abonar las que estuvieran pendientes de pago.
2. No obstante, si la falta de presentación tiene lugar por causa de fuerza mayor, el consumidor tendrá derecho a que se le devuelvan las cantidades entregadas, deducidos los gastos de gestión y los gastos de anulación.
A estos efectos, se considerará causa de fuerza mayor la muerte, el accidente o enfermedad graves del consumidor o de alguna de las personas con quien conviva o cualquier supuesto análogo que le impida participar en el viaje y comunicar a la agencia esa imposibilidad antes de la salida.
d) Derechos y deberes de las partes después de iniciar el viaje
15. Cumplimiento defectuoso o falta de prestación de servicios
1. Cuando el consumidor compruebe durante la realización del viaje que existe algún defecto o se produce la falta de prestación de algún servicio contratado, deberá comunicarlo en el mismo lugar y lo antes posible al organizador o al detallista y, en su caso, al prestador del servicio de que se trate. La comunicación se deberá llevar a cabo por escrito o en cualquier otra forma en que quede constancia. Tras recibir la comunicación, el detallista o el organizador deberán obrar con diligencia para hallar las soluciones adecuadas
2. Si realiza dicha comunicación en el tiempo y forma indicados, el documento que la acredite le exonerará de aportar ulteriores pruebas sobre la existencia del defecto, salvo que el organizador, el detallista o el prestador del servicio hayan comprobado en presencia del consumidor que el defecto no existe o que no reúne las características indicadas, y así lo hayan hecho constar.
3. Si el consumidor no realiza dicha comunicación en el tiempo y forma indicados, deberá probar los defectos que se aleguen de acuerdo con los criterios generales de prueba y serán de su cuenta todos los daños que se produzcan o que se agraven por su falta de comunicación.
16. Imposibilidad de prestar una parte importante de los servicios por parte del organizador
1. La agencia deberá adoptar las soluciones adecuadas para la continuación del viaje si una vez iniciado el mismo no suministra o comprueba que no puede suministrar una parte importante de los servicios previstos en el contrato. Son parte importante de los servicios previstos aquellos cuya falta de realización impide el normal desarrollo del viaje y provocan que no sea razonable esperar del consumidor medio de ese tipo de viaje que lo continúe en esas circunstancias.
2. La agencia no podrá pedir suplemento alguno por las soluciones adoptadas para la continuación del viaje y abonará al consumidor cualquier diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas.
3. Si el consumidor acepta expresa o tácitamente las soluciones propuestas por la agencia no tendrá derecho a indemnización alguna por dichas modificaciones. Se considerará que acepta tácitamente dichas propuestas si continúa el viaje con las soluciones dadas por el organizador.
4. Si las soluciones adoptadas por el organizador fueran inviables o el consumidor no las aceptase por motivos razonables, la agencia deberá:
a) Proporcionarle un medio de transporte equivalente al contratado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido, si el contrato incluye el viaje de regreso.
b) Reembolsarle el precio pagado con deducción del importe de las prestaciones que le haya proporcionado hasta el fin del viaje, excepto si el defecto que impide la continuación del viaje es imputable al consumidor.
c) Abonarle la indemnización que en su caso proceda.
17. Desistimiento del consumidor durante el viaje
1. El consumidor tiene el derecho a desistir del contrato de viaje combinado una vez comenzado el viaje, pero no podrá reclamar la devolución de las cantidades entregadas y continuará obligado a abonar las que estén pendientes de pago.
2. Si el desistimiento obedece a un accidente o a una enfermedad del consumidor que le impida continuar el viaje, la agencia está obligada a prestar la necesaria asistencia y, en su caso, a abonar el importe de la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas, deducidos los gastos de anulación debidamente justificados que correspondan.
3. En ambos casos, todos los gastos suplementarios ocasionados por el desistimiento, y en particular los de repatriación o traslado al lugar de origen, son a cargo del consumidor.
18. Deber de colaboración del consumidor al normal desarrollo del viaje
1. El consumidor deberá atenerse a las indicaciones que le facilite agencia para la adecuada ejecución del viaje, así como a las reglamentaciones que son de general aplicación a los usuarios de los servicios comprendidos en el viaje combinado. En particular, en los viajes en grupo guardará el debido respeto a los demás participantes y observará una conducta que no perjudique el normal desarrollo del viaje.
2. La infracción grave de estos deberes faculta a la agencia para resolver el contrato de contrato de viaje combinado. En este caso, si el contrato incluye el viaje de regreso, la agencia proporcionará al consumidor un medio de transporte equivalente al contratado en el viaje para regresar al lugar de salida o a cualquier otro que ambos hayan convenido. La agencia tendrá derecho además a la indemnización que proceda por los daños imputables a la conducta del consumidor
e) Responsabilidad contractual por cumplimiento defectuoso o incumplimiento
19. Distribución de la responsabilidad
1. La agencia organizadora y la agencia detallista responderán frente al consumidor del correcto cumplimiento del contrato de viaje combinado en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado.
2. La agencia organizadora y la agencia detallista responden frente al consumidor tanto si ejecutan ellas mismas las prestaciones comprendidas en el viaje combinado como si las llevan a cabo sus auxiliares u otros prestadores de servicios.
3. La agencia organizadora, por ser la que planifica el viaje combinado, responde de los daños causados al consumidor por la no ejecución o ejecución deficiente de las prestaciones comprendidas en el viaje combinado así como de los daños que procedan del incumplimiento de cualquier otra obligación que corresponda a su ámbito de gestión de acuerdo con la legislación aplicable.
4. La agencia detallista, por ser la que vende u ofrece en venta el viaje combinado propuesto por una agencia organizadora, responde de los daños causados al consumidor por los errores que haya cometido al informarle sobre el viaje combinado, por haber omitido la información que debía proporcionarle, por no haberle entregado la documentación necesaria para la correcta realización del viaje y, en general, por haber incumplido cualquier otra obligación que corresponda a su ámbito de gestión de acuerdo con la legislación aplicable.
5. Cuando en el contrato concurran conjuntamente diferentes organizadores o detallistas, cualquiera que sea su clase y las relaciones que existan entre ellos, la responsabilidad entre organizadores o entre detallistas será solidaria.
20. Causas de exoneración de responsabilidad
La responsabilidad de organizadores y detallistas cesará cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) Que los defectos observados en la ejecución del contrato sean imputables al consumidor.
b) Que dichos defectos sean imputables a un tercero ajeno al suministro de las prestaciones previstas en el contrato y revistan un carácter imprevisible o insuperable.
c) Que los defectos aludidos se deban a motivos de fuerza mayor, entendiendo por tales aquellas circunstancias ajenas a quien las invoca, anormales e imprevisibles cuyas consecuencias no habrían podido evitarse, a pesar de haber actuado con la diligencia debida.
d) Que los defectos se deban a un acontecimiento que el detallista o, en su caso, el organizador, a pesar de haber puesto toda la diligencia necesaria, no podía prever ni superar.
21. Deber del consumidor de aminorar los daños
En todo caso, el consumidor está obligado a tomar las medidas adecuadas y razonables para intentar reducir los daños que puedan derivarse de la no ejecución o ejecución deficiente del contrato o para evitar que se agraven. Los daños que deriven de no haber adoptado dichas medidas serán de cuenta del consumidor.
22. Deber de asistencia de la agencia
1. La agencia organizadora y la agencia detallista, a pesar de estar exoneradas de responsabilidad, continuarán obligadas a prestar la necesaria asistencia al consumidor que se encuentre en dificultades.
2. No existirá el deber de asistencia previsto en el apartado anterior cuando los defectos producidos durante la ejecución del contrato sean atribuibles de modo exclusivo a una conducta intencional o negligente del consumidor.
23. Limitaciones de responsabilidad de los convenios internacionales
Cuando las prestaciones del contrato de viaje combinado estén regidas por convenios internacionales, el resarcimiento de los daños corporales y no corporales que resulten del incumplimiento o de la mala ejecución de las mismas estará sujeto a la limitaciones que éstos establezcan.
24. Limitación de responsabilidad por daños no corporales
1. Cuando las prestaciones del viaje combinado no estén regidas por convenios internacionales:
a) las indemnizaciones por daños no corporales quedarán limitadas por todos los conceptos al doble del precio del viaje, incluidos los daños morales no derivados de un daño corporal y los reembolsos que deban realizarse.
b) la indemnización de la agencia organizadora por los daños derivados de pérdida o deterioro del equipaje quedará limitada a 350 euros.
2. No regirán las limitaciones previstas en los dos apartados anteriores si la agencia o los prestadores de servicios han provocado intencionalmente los daños o han actuado de modo temerario a sabiendas de que probablemente se producirían.
25. Información sobre disposiciones aplicables a pasaportes, visados y vacunas
1. Todos los usuarios sin excepción (niños incluidos), deberán llevar en regla su documentación personal y familiar correspondiente, sea el pasaporte o DNI, según las leyes del país o países que visitan. Será por cuenta de los mismos cuando el viaje así lo requiera la obtención de visados, pasaportes, certificados de vacunación, etc.
2. Caso de ser rechazada por alguna Autoridad la concesión de visados, por causas particulares del usuario, o ser denegada su entrada en el país por carecer de los requisitos que se exigen, o por defecto de la documentación exigida, o por no ser portador de la misma, la agencia declina toda responsabilidad por hechos de esta índole, siendo por cuenta del consumidor cualquier gasto que se origine., aplicándose en estas circunstancias las condiciones y normas establecidas para los supuestos de desistimiento voluntario de servicios.
3. Se recuerda igualmente a todos los clientes, y en especial a aquellos que posean nacionalidad distinta a la española, que deben asegurarse, antes de iniciar el viaje, de tener cumplidas todas las normas y requisitos aplicables en materia de visados a fin de poder entrar sin problemas en todos los países que vayan a visitarse. Los menores de 18 años deberán llevar un permiso escrito firmado por sus padres o tutores, en previsión de que el mismo pueda ser solicitado por cualquier autoridad
26. Responsabilidad por prestaciones no incluidas en el viaje combinado
1. Las reglas de responsabilidad contractual del viaje combinado no son aplicables a prestaciones como la realización de excursiones, la asistencia a eventos deportivos o culturales, las visitas a exposiciones o museos, u otras análogas, que no se hallan incluidas en el precio global del viaje combinado y que el consumidor contrata con carácter facultativo con ocasión del mismo o durante su transcurso. En estos casos, la agencia deberá indicar al consumidor el carácter facultativo de la prestación y que no forma parte del viaje combinado.
2. Si la agencia interviene en la contratación de esas prestaciones responderá de acuerdo con las reglas específicas del contrato que realice.
f) Reclamaciones y acciones derivadas del contrato
27. Ley aplicable
Este contrato de viaje combinado se rige por lo acordado por las partes y por lo establecido en estas condiciones generales, en las normas autonómicas vigentes en el lugar de celebración del contrato y, en defecto de éstas, por lo dispuesto en la Ley 21/1995, de 6 de julio, reguladora de los Viajes Combinados.
28. Reclamaciones a la agencia
1. Sin perjuicio de las acciones legales que le asisten, el consumidor podrá efectuar por escrito reclamaciones por la no ejecución o la ejecución deficiente del contrato ante la agencia detallista en el plazo máximo de 30 días, a contar desde aquel en el que debía finalizar el viaje.
2. En el plazo máximo de otros 30 días, la agencia organizadora o la agencia detallista, en función de las obligaciones que les correspondan por su ámbito respectivo de gestión del viaje combinado, deberán contestar por escrito las reclamaciones formuladas dentro de plazo.
3. En esta fase, el consumidor y la agencia podrán recabar la mediación de la administración competente o de los organismos que se constituyan al efecto para hallar por sí mismas una solución del conflicto que sea satisfactoria para ambas partes.
4. Si el conflicto no puede ser resuelto mediante la reclamación a la agencia, el consumidor podrá someterlo a arbitraje de consumo si la agencia reclamada se hubiese adherido previamente al sistema arbitral de consumo, o, en todo caso, reclamar en vía judicial.
29. Arbitraje de consumo
1. Si la agencia reclamada se hubiese adherido previamente al sistema arbitral de consumo, el consumidor podrá dirigir sus reclamaciones a la Junta Arbitral de Consumo de ámbito autonómico que sea competente en el lugar de celebración del contrato o a aquella a la cual se haya adherido, en el plazo máximo de 3 meses, a contar desde el día en el que debía finalizar el viaje.
2. No pueden ser objeto del arbitraje de consumo las reclamaciones en las que concurran intoxicación, lesión, muerte o existan indicios racionales de delito.
3. Salvo que otra cosa se hubiese fijado en la oferta pública de sometimiento al sistema arbitral de consumo, el arbitraje será de Derecho y el procedimiento arbitral se regirá por lo dispuesto en el Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo. Se limitará a las reclamaciones de una cuantía inferior a 1000 euros por persona y de un máximo total de 5.000 euros por reclamación.
4. El laudo que dicte el tribunal arbitral designado por la Junta Arbitral de Consumo resolverá la reclamación presentada con carácter definitivo y será vinculante para ambas partes.
30. Acciones judiciales
1. Si la controversia no está sometida a arbitraje de consumo, el consumidor podrá reclamar en vía judicial ante los tribunales del lugar de celebración del contrato.
2. El consumidor sólo podrá ser demandado ante los tribunales del lugar de celebración del contrato.
3. Las acciones judiciales derivadas del contrato de viaje combinado prescriben por el transcurso del plazo de dos años, a contar desde el día en el que debía finalizar el viaje.
RESERVAS: 91 185 89 10
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